Guía informativa: CSIF te ayuda en la tramitación de la documentación y elección de plazas de Tramitación turno libre*

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30 de julio de 2021

- Desde CSIF felicitamos a todos los aspirantes aprobados en el turno libre del Cuerpo de Tramitación procesal y Administrativa. Ya quedan sólo unos pocos pasos para ingresar formalmente en el Cuerpo.

- * *ESTA GUÍA ES MERAMENTE INFORMATIVA Y CARECE DE VALIDEZ JURÍDICA QUE SÓLO TIENEN LAS ÓRDENES Y RESOLUCIONES PUBLICADAS EN EL BOE DE HOY 29/07/2021

He aprobado la oposición, ¿qué debo hacer?

Las órdenes y resoluciones publicadas hoy en el BOE fijan dos trámites distintos, dirigidos a Administraciones distintas y en plazos distintos.

 

  1. Presentación de documentación a efectos de nombramiento como funcionario de carrera.

 

La Orden JUS/817/2021 de 15 de julio por la que se publica la relación de aprobados es de aplicación a todos los aspirantes que figuran en esa relación con independencia del ámbito por el que hayan obtenido plaza y conforme a las instrucciones establecidas en esta orden.

 

  1. ¿Qué debo presentar?

 

  1. escrito dirigido al Ministerio de Justicia en el que figure: (en la web te facilitamos un modelo)

 

  1. apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad
  2. cuerpo al que se accede
  3. ámbito territorial por el que se ha obtenido destino
  4. número de orden obtenido
  5. teléfono y correo electrónico de contacto.

 

CSIF recomienda que en este escrito se haga constar la documentación que se adjunta.

 

  1. A este escrito se acompañará:

 

  1. el anexo II de solicitud de destinos conforme las instrucciones de la orden o resolución del ámbito por el que se haya aprobado el proceso selectivo.
  2. declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad (Anexo I de la Orden JUS/817/2021 y en word lo puedes encontrar en la web de CSIF)

 

  1. certificado de compatibilidad funcional (sólo los que accedan por el turno de discapacitados)

 

  1. y para los que NO autorizaron la consulta de datos de oficio:
    1. copia del DNI
    2. título académico.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

  1. Plazo de presentación.- 20 días hábiles desde el de publicación de la Orden citada en el BOE. El mes de agosto se ha habilitado para realizar este trámite. (en aplicación del articulo 23 del RD 1451/2005)

 

  1. Presentación de la instancia con la elección de destinos.

Cada aspirante debe seguir las instrucciones de presentación que se establecen en la orden o resolución correspondiente al ámbito por el que ha aprobado el proceso selectivo.

 

  1. Escrito dirigido a la Administración (Ministerio o comunidad autónoma) en la que se ha aprobado el proceso selectivo.

 

El modelo figura en el Anexo II de la resolución u orden correspondiente (ver la dirección y forma de presentación en la orden o resolución correspondiente).

 

  1. País Vasco
  2. Cataluña
  3. Andalucía
  4. Asturias
  5. Cantabria
  6. La Rioja
  7. Comunidad Valenciana
  8. Aragón
  9. Canarias
  10. Navarra
  11. Madrid
  12. Ministerio de Justicia

 

  1. Plazo de presentación.- del 2 de agosto al 3 de septiembre

 

 

CSIF ha realizado una consulta al Ministerio en relación con los plazos, no obstante, a falta de respuesta del mismo CSIF recomienda:

 

  • No dejar la presentación de la documentación y elección de plazas para el último día,
  • Atención a los plazos, si para obtener algún documento se necesita una cita previa. 
  • Tener en cuenta el plazo de presentación de la documentación para el nombramiento que es el que finaliza antes y que condiciona la presentación de la elección de destinos ya que uno de los documentos a presentar para el nombramiento es el de la elección de los destinos. 
  • Realizar ambos trámites el mismo día teniendo en cuenta que, con la documentación para el nombramiento, hay que adjuntar una copia el escrito con la elección de destinos.

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*ESTA GUÍA ES MERAMENTE INFORMATIVA Y CARECE DE VALIDEZ JURÍDICA QUE SÓLO TIENEN LAS ÓRDENES Y RESOLUCIONES PUBLICADAS EN EL BOE DE HOY 29/07/2021

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